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"Juizooms": que una audiencia de juicio oral sea celebrada telemáticamente a través de de Zoom no constituye en todos los casos una infracción al debido proceso que implique la nulidad de la resolución adoptada tras el veredicto. Será necesario acreditar de qué forma afectaría la falta inmediación a lo sostenido en lo dispositivo del fallo
Que una audiencia de juicio sea realizada a través de la plataforma Zoom o similares no implica necesariamente una afectación ilegítima a garantías fundamentales. Para estimar procedente un recurso de nulidad en este sentido, sería necesario explicar de qué modo la celebración de la audiencia por vía telemática afectaría en el caso concreto el derecho a defensa, y con ello, el debido proceso
Comentario: “(…) Si bien es posible decretar la internación provisional del imputado respecto de quien se presuma inimputabilidad por enajenación mental antes de que se emita el informe psiquiátrico a que se refiere el...
"Las redes sociales pueden ser potencialmente peligrosas y ofender el honor de las personas, con lo cual, si a ellas se les da un uso inapropiado, su uso puede tornarse en abusivo y, a partir de allí, generar responsabilidades para quien las utiliza más allá de los límites de la libertad de expresión".
No procede traslado de interno por agresión al personal de Gendarmería si ello supone el desarraigo familiar del recluso. Corte Suprema confirma recurso de amparo en favor del recluso, respecto de la decisión de trasladarlo al Centro Penitenciario de Valdivia, por haber agredido a un funcionario de Gendarmería en el Centro donde cumplía condena. El tribunal de instancia resolvió que debían adoptarse medidas diversas conducentes a disuadir estas conductas y que no supongan el desarraigo familiar del condenado.
En fallo dividido, la Corte Suprema acoge recurso de nulidad por falta de imparcialidad del juez, anulando la sentencia condenatoria y ordenando la realización de un nuevo juicio oral. Consideró que los comentarios expresados en redes sociales por uno de los jueces del Tribunal, durante la realización del juicio, vulneró la imparcialidad del imputado y las víctimas, sin entrar en el fondo del asunto.
Colaborar sustancialmente en el procedimiento no es un requisito que objetivamente contemple el artículo 3° bis del D. L. 321 de 1925, e interpretarlo en ese sentido excedería las posibilidades interpretativas que la norma ofrece. Así lo sostiene la Corte de Apelaciones de Santiago, que acoge recurso de amparo en favor de condenado cuya postulación al beneficio de la libertad condicional fuera denegada por Gendarmería fundado en la ausencia de reconocimiento de las atenuantes del artículo 11 número 8° y 9° del Código Penal en el proceso que dio lugar a la condena.
El socio fundador de BG Abogados, Andrés Bustos entregó algunas recomendaciones de cómo opera este caso cuando existen eventuales casos de nulidad.
La abogada del cineasta aseguró que solicitará la anulación del juicio. La Fiscalía Metropolitana Oriente solicitó prisión preventiva para Nicolás López, en el marco de la audiencia de revisión de sus medidas cautelares tras...